Taxonomía CRedit

Taxonomía CRediT (Contributor Roles Taxonomy)

Con el objetivo de garantizar la transparencia, integridad y responsabilidad en la autoría académica, la revista Géneroos adopta la Taxonomía CRediT (Contributor Roles Taxonomy) como estándar para la identificación y declaración de las contribuciones de autoría, en concordancia con las buenas prácticas editoriales promovidas por el Committee on Publication Ethics (COPE) y otros organismos internacionales.

La taxonomía CRediT permite identificar de forma clara, estandarizada y verificable las contribuciones específicas realizadas por cada persona autora, y contribuye a prevenir prácticas inadecuadas de autoría, tales como la autoría honoraria, invitada o fantasma.

Alcance de la aplicación

La declaración de contribuciones mediante la taxonomía CRediT es obligatoria para todos los manuscritos de investigación, divulgación y ensayos académicos publicados en la revista.

Esta declaración no es obligatoria para los textos correspondientes a las secciones de Arte y Letras ni para las Reseñas, debido a la naturaleza creativa o individual de dichos contenidos. No obstante, en casos excepcionales de coautoría compleja, el equipo editorial podrá solicitar una aclaración sobre las contribuciones realizadas.

Carácter obligatorio y momento de la declaración

Para los textos de investigación, divulgación y ensayos académicos, la declaración de contribuciones mediante la taxonomía CRediT es obligatoria, independientemente del número de personas autoras.

Las personas autoras deberán registrar esta información de manera explícita en la Carta de autorización para publicar, la cual se envía junto con la Carta de originalidad

La ausencia, inconsistencia o ambigüedad en la declaración de contribuciones podrá ser motivo de solicitud de aclaración, devolución del manuscrito o suspensión del proceso editorial, hasta que la información sea debidamente corregida.

Roles de contribución (CRediT)

Las contribuciones deberán declararse utilizando uno o más de los siguientes roles, según corresponda:

  • Conceptualización: formulación o evolución de las ideas, objetivos y metas generales de la investigación.
  • Curaduría de datos: actividades para anotar, depurar, documentar, gestionar y preservar los datos de investigación, incluido el código cuando sea necesario para su interpretación.
  • Análisis formal: aplicación de técnicas estadísticas, matemáticas, computacionales u otras técnicas formales para analizar o sintetizar datos.
  • Obtención de financiamiento: adquisición del apoyo financiero para el proyecto que dio lugar a la publicación.
  • Investigación: ejecución de la investigación y realización del trabajo empírico o la recolección de datos.
  • Metodología: desarrollo o diseño del enfoque metodológico; creación de modelos.
  • Administración del proyecto: gestión y coordinación de la planificación y ejecución del proyecto de investigación.
  • Recursos: provisión de materiales, instrumentos, equipamiento, recursos informáticos u otras herramientas necesarias para el análisis.
  • Software: programación, desarrollo, implementación y prueba de software o código.
  • Supervisión: supervisión académica y liderazgo del proceso de investigación, incluida la tutoría del equipo.
  • Validación: verificación de resultados, incluida la replicación o reproducibilidad de los productos de investigación.
  • Visualización: preparación y presentación de figuras, tablas u otros elementos gráficos.
  • Redacción – borrador original: elaboración del manuscrito inicial.
  • Redacción – revisión y edición: revisión crítica, correcciones sustantivas y edición del manuscrito, incluida la aprobación de la versión final.

Cada persona autora debe haber realizado al menos una contribución sustantiva al trabajo. No es necesario que todas las personas autoras participen en todos los roles.

 

Publicación de la información de autoría

La información relativa a las contribuciones de autoría, declarada conforme a la taxonomía CRediT, será publicada junto con el artículo, en la ficha de autoría, como parte del compromiso de la revista con la transparencia editorial y la rendición de cuentas académica.

 

Responsabilidades de las personas autoras

  • Todas las personas autoras deben revisar, aprobar y asumir responsabilidad por la versión final del manuscrito.
  • La persona autora de correspondencia es responsable de coordinar la entrega de las cartas, así como de asegurar que la declaración de contribuciones refleje fielmente la participación de cada autor o autora.
  • La firma de la carta de autorización para publicar implica la aceptación expresa de la atribución de autoría declarada y de su difusión pública.

Cambios en la autoría

Cualquier solicitud de modificación en el número, orden o atribución de contribuciones de autoría deberá presentarse por escrito al equipo editorial, debidamente justificada y con el consentimiento explícito de todas las personas involucradas. No se aceptarán cambios una vez aceptado el manuscrito para publicación, salvo en casos excepcionales evaluados por el comité editorial.

Nota editorial

La revista podrá verificar la consistencia entre la declaración de contribuciones, el contenido del manuscrito y otras declaraciones editoriales (incluida la de uso de IAG), como parte de sus mecanismos de aseguramiento de la integridad científica, conforme a los estándares de SciELO.