SECCIÓN DE REFLEXIVIDAD
Las colaboraciones de esta sección se dedican a fomentar la reflexividad y el pensamiento crítico, así como la cultura y la unión comunitaria. Para ello, se propone la lectura reflexiva de obras literarias mediante la reseña reflexiva; la escritura de cuentos y anécdotas que permitan criticar la profesión, mediante el cuento ético-crítico y la anécdota ficcionalizada; y la memoria de personas ejemplares o de sus contribuciones al desarrollo de la Justicia y el Derecho, mediante el homenaje biográfico o remembranza. A continuación se indican las caracterísiticas de cada uno de los tipos de colaboración de esta sección (reseña reflexiva, cuento crítico-ético, anécdota ficcionalizada y homenaje biográfico o remembranza) para que sirven de guía en su realización.
Reseña reflexiva de obras literarias.- Esta colaboración analiza de manera reflexiva una obra reconocida de la literatura hispanoamericana o universal que permita su interpretación desde la discusión de problemáticas de las Ciencias Sociales y Jurídicas; ello planteando el aporte que la obra hace a la comprensión de algún tópico jurídico. Su extensión aproximada es de entre 3 y 5 páginas, incluidas las fuentes consultadas. Puede presentarse sólo con autoría individual.
Estructura base de la reseña reflexiva.- Título en español e inglés que indique la obra reseñada entrecomillada y el nombre o nombres de su autoría // Resumen y Palabras clave // Abstract y Keywords // Sumario // Introducción en la que se plantea una síntesis de la trama de la obra de acuerdo a aquello que se va a emplear para su análisis reflexivo // Desarrollo en el que analiza reflexivamente cómo la obra aporta a la discusión de problemáticas y/o a la comprensión de tópicos jurídicos, separado con los subtítulos que se requiera en numeración decimal (1., 1.1., 1.1.1…) // Conclusión que cierra el análisis // Ficha bibliográfica de la obra // Fuentes (si se emplearon para sustentar las reflexiones).
Cuento ético-crítico.- Narración ficticia sobre el ejercicio profesional que integre elementos éticos de manera implícita u oculta; es decir, que no se anuncie este contenido ético expresamente en el desarrollo del cuento, sino que se requiera una reflexión posterior que profundice en el contenido ético del cuento. Dicho contenido ético puede ser manifestado en un contexto adverso para tomar decisiones éticas; o en situaciones que dificultan o impiden llevarlas a cabo; o en conductas de personajes/jas que, al enfrentar dilemas sobre cómo llevar un buen desempeño profesional, respeten o que transgredan valores jurídicos, principios deontológicos, reglas específicas de códigos de ética profesionales o cualquier otro elemento ético del ámbito laboral que se trate. Por ello, el cuento debe, además de ser disfrutable a nivel literario, mover a la reflexión crítica sobre el desempeño de quienes aplican o no la esencia ética de la profesión jurídica u otra afín; o sobre las adversidades del contexto social, institucional o laboral para un desempeño ético; o sobre situaciones determinada que dificultan la elección y aplicación de decisiones profesionales buenas.
Al final del cuento, se debe desarrollar un apartado titulado “Reflexión crítica” que comentará cuáles fueron los elementos éticos representados en el cuento, una breve discusión de lo que se puede criticar y proponer para mejorar la ética profesional. La extensión aproximada del cuento es de 5 páginas, y la de la reflexión de no más de una página; puede presentarse de manera individual o colegiada de no más de dos autorías.
Estructura base del cuento.- Título en español e inglés // Resumen y Palabras clave // Abstract y Keywords // Sumario // Inicio que suele presentar el espacio, tiempo y personajes(jas) // Nudo o climax, que marca el punto de inflexión o cumbre del conflicto o problema // Desenlace, que es la situación final o resolución del conflicto // Reflexión crítica.
Sugerencias temáticas para el cuento.- Se sugiere considerar como elementos éticos de la profesión jurídica que sirvan de pre-texto para redactar el cuento, los siguientes:
a).- Valores Jurídicos: Justicia, Libertad, Igualdad-Equidad, Seguridad, Solidaridad, Bien Común, Dignidad Humana, etcétera (Atienza, Peces-Barba, Cárdenas Gracia).
b).- Principios Generales de la Deontología Jurídica: Servicio a la Justicia y al Derecho; Veracidad; Probidad y buena fe; Honor y dignidad profesional; Libertad profesional; Lealtad; Desinterés; Colegialidad o solidaridad entre colegas; Evitar litigiosidad; Decoro profesional; etcétera (Pérez Valera).
c).- Ética profesional de la abogacía: obligación de secreto profesional y confidencialidad; atención leal y diligente de la causa justa; prohibición de chicanería (recursos improcedentes para entorpecer el desarrollo del proceso y alargar el tiempo innecesariamente); obligación de aceptar la defensa gratuita cuando es posible (pro bono); prohibición de fomentar pleitos donde es deseable una amigable composición; etcétera (Campillo Sáinz, Couture…).
d).- Ética profesional de la administración de justicia: obligación de mantener la independencia ante influencias extrajurídicas provenientes del medio ambiente social; obligación de mantener la imparcialidad ante influencias extrajurídicas provenientes de las partes; obligación de mantener la objetividad ante influencias extrajurídicas provenientes de quien realiza la función jurisdiccional; obligación de profesionalismo; obligación de secrecía; etcétera (Código de Ética del Poder Judicial de la Federación…).
Anécdota ficcionalizada.- Relato de un suceso real ficcionalizado que haya sido vivido por quien lo escribe y que permite reflexionar sobre las dificultades y satisfacciones del ser y quehacer profesional de quienes estudian y ejercen el Derecho o profesiones afines que enfrentan problemáticas jurídicas. La anécdota ficcionalizada debe permitir reflexionar sobre experiencias relevantes que hayan dejado una huella profunda o aprendizaje valioso en quien la redacta, sea porque le ayudó a mejorar su desempeño o le motivó a realizar cambios trascendentales en su vida profesional. Se deben cambiar o ficcionalizar los nombres y circunstancias para proteger la identidad y datos personales de quienes hubieren participado en el suceso o, incluso, por cumplimiento al deber de secreto profesional; de manera que, aunque esté basada en hechos reales, éstos deben quedar ocultos o transfigurados por la ficción. Por ello hay que ficcionalizar información que pueda afectar a personas o instituciones; como podría ser: omitir o cambiar los nombres e incluso las características de quienes participaron en el suceso; omitir datos que permitan rastrear el hecho real como fechas, números de expedientes, nombre o adscripción del tribunal, etc. Al final de la anécdota, se debe desarrollar un apartado titulado “Reflexión crítica”, en el que se explique qué aprendizaje se llevó para su vida quien relata la anécdota. La extensión aproximada sería de 2 páginas y sólo puede presentarse de manera individual.
A continuación se precisan las características que debe tener la anécdota ficcionalizada:
a).- El tema principal trata de las experiencias más importantes que durante su desarrollo profesional ha tenido la persona que escribe la anécdota. Debe, por tanto, relatar una experiencia trascendental en su vida.
b).- La experiencia puede ser positiva o negativa, siempre que haya tenido un fuerte impacto en quien la relata; por ejemplo: que le haya permitido desarrollar alguna habilidad o capacidad profesional; le haya mostrado la importancia de alguna actitud o valor para mejorar su profesión; haya aprendido algo que le hizo mejorar en su desempeño laboral de forma sobresaliente o que, en suma, haya sido un punto de inflexión en sus decisiones de vida. Así, relato es de una experiencia transformadora en su profesión.
c).- Se requiere describir el contexto laboral en que ocurre la experiencia sin que se refieran datos que permitan identificarla precisamente; es decir, debe describirse de manera que, aunque basado en un contexto laboral real, se ficcionaliza para que no pueda descubrirse. Este espacio laboral suele describirse en los momentos iniciales del relato, pero igual, puede irse explicando conforme se va desarrollando la narración; siempre que quede claro.
d).- Los nombres de quienes intervienen en la anécdota se deben ocultar o ser ficticios y, en cuanto a sus características, nunca habrán de corresponder a alguna persona concreta identificable. En cuanto a quien relata su anécdota, puede evitar mencionar su nombre propio en la narración o presentarse mediante un pseudónimo; ello señalando en la cédula de datos de autoría que acompaña la colaboración, que no quiere que aparezca publicado su nombre real en la revista; lo cual no exime de que en dicha cédula de autoría proporcionar sus datos reales.
e).- En concreto, la anécdota tiene que relatar un cambio fundamental o relevante en quien la comparte; es decir, narrar una experiencia que implique una transformación en algún aspecto de su ser, estar o hacer en el mundo profesional o laboral. Por ello, en el cierre del relato se debe hacer una breve reflexión del significado trascendente que tuvo el suceso que cuenta la anécdota.
Se reitera que se deben cambiar nombres y circunstancias para proteger la identidad y datos personales de quienes hubieren participado, o por cumplimiento al deber de secreto profesional, en su caso; de manera que no sea posible reconocer el evento de la realidad en que se haya basado. A manera de ejemplos, la anécdota puede incidir en aprendizajes específicos en alguna área laboral como la abogacía, la administración o procuración de justicia, la asesoría contractual, la negociación comercial, la conciliación o medios alternos de solución, la investigación y la docencia, etcétera; o respecto a otras profesiones afines, como en contabilidad pública, psicología forense, trabajo social, etcétera.
Estructura base de la anécdota ficcionalizada.- Título en español e inglés // Resumen y Palabras clave // Abstract y Keywords // Sumario // Inicio, en el que se suele plantear el contexto y quienes realizan las acciones (ficcionalizados) // Suceso o situación específica que es objeto de la anécdota // Reflexión final sobre la experiencia transformadora que quiere destacar quien narra la anécdota.
Se recomienda reflexionar sobre la profesión desde las primeras etapas de formación para encontrar anécdotas que se quieran compartir. Por ejemplos, relatos de la pasantía, del servicio social o de las primeras experiencias laborales; del paso por las aulas de la licenciatura, especialidad, maestría, doctorado, diplomados, cursos, talleres y otros medios de capacitación profesional; de las decisiones profesionales más difíciles que se hayan tenido que tomar o las que tuvieron un impacto más profundo en nuestro ser, estar y hacer como juristas.
Homenaje biográfico o remembranza.- Escritos que se dirigen a reconocer la trayectoria de vida de personas destacadas (homenaje biográfico) o a recordar alguna contribución especial realizada por una o más personas (remembranza de contribuciones relevantes); siempre que se trate de aportaciones de especial relevancia para el desarrollo de la Justicia en la sociedad. El principal objetivo es el reconocer a personas ejemplares de la comunidad local, regional y nacional; ya sea por los logros de toda su trayectoria de vida o por alguna aportación destacada que en concreto hubiere realizado.
Las personas a quienes se dirige el homenaje o la remembranza pueden estar aún con vida o haber fallecido. Sólo se recibirán postulaciones de organizaciones de la sociedad civil legalmente constituidas, organismos educativos, empresariales y gremiales de reconocido prestigio; quienes avalarán la colaboración y la acompañarán con una carta de motivos del porqué consideran que se debe realizar un público homenaje a la persona que proponen o la remembranza de la aportación específica que haya realizado.
El homenaje biográfico reconoce la trayectoria de vida de personas que han aportado de manera excepcional al desarrollo de la Justicia de manera sobresaliente, ya sea por su aportación a la Ciencia, al orden jurídico, al ejercicio profesional del Derecho o ciencias afines. La remembranza de contribuciones relevantes debe centrarse en algún suceso específico u obra trascendental que haya aportado de manera excepcional al desarrollo de la Justicia, ya en la Ciencia, el orden jurídico o el ejercicio profesional del Derecho o ciencias afines.
La extensión aproximada de los homenajes y remembranzas será de 3 páginas, podrá señalar una autoría individual o colegiada de no más de dos personas que cuenten con el aval de una organización civil, institución educativa o asociación empresarial o gremial que lo postule; o que tengan la aprobación de la Dirección del Instituto y la Coordinación Editorial de la revista.
Estructura base.- Título en el que se incluya el nombre completo de quien sea la persona a quien se dedique el homenaje o la remembranza con su traducción al inglés // Resumen y Palabras clave // Abstract y Keywords // Sumario // Introducción en donde se indique el propósito del escrito y se presente a la personalidad con sus datos curriculares y biográficos // Desarrollo del homenaje o remembranza en que se narre la contribución o aportación, su importancia para el Derecho, el orden jurídico o algún campo profesional de juristas // Conclusiones en que se sintetice lo más destacado de recordar de la personalidad para la comunidad de juristas.